jueves, 31 de agosto de 2023

 Educación Inclusiva


     La educación Inclusiva comprende un proceso permanente, que atiende a la diversidad, con el objetivo de promover el desarrrollo, el aprendizaje y la participación de todos los niños, niñas y adolescentes, además de ser un instrumento de justicia y de cohesión social, desde el principio de equidad refererido a igualdad de oprotunidades (Armijo-Cabrera, 2018; MEN, 2018). 




     Ante la necesidad de que todos los niños sin excepción participen de la educación de calidad, la inclusión llega como una respuesta para atender a las necesidades de aprendizaje, de diversidad, de diferencias y condiciones individuales, por lo cual con el Objetivo de Desarrollo Sostenible 4 se establece “Garantizar una educación inclusiva y equitativa de calidad y promover oportunidades de aprendizaje a lo largo de la vida para todos”. De acuerdo a esto, la educación inclusiva hace referencia a la participación, el acceso a las oportunidades, así como, permite promover la equidad social mediante acciones que aceptan la diversidad y garantizan los derechos de todas las personas (Mascareño y Carvajal, 2015; Unesco, 2020b).


El Ministerio de Educación Nacional (MEN) proponiéndose que la educación en Colombia sea de calidad desde la diversidad y la educación para todos, construye y da aconocer el documento que orienta técnica, administrativa y pedagogicamente la atención a los estudiantes con discapacidad en el marco de la educación inclusiva, con el objetivo de que se potencialicen sus fortalezas y habilidades, y de esta manera se eviten prácticas de marginalización, segregación y exclusión. 


Sin embargo, pese a que desde los años ochenta se viene introduciendo la inclusión al sistema educativo, y que después de la Conferencia Mundial sobre Educación para Todos en 1990, se han incrementado los esfuerzos a través de normas jurídicas, políticas educativas, lineamientos, principios pedagogicos, aún así, no se ha logrado el objetivo de la educación inclusiva "la erradicación de la exclusión social y el alcance de los objetivos valóricos de justicia y cohesión social". (Armijo-Cabrera, 2018, p.4). Esto por cuanto, basta con observar las cifras que se señalan como: 

  • En 2020 se registran 2,64 millones de personas con alguna discapacidad en Colombia, de ellos, 228.599 están en edades entre los 5 y los 17 años, y escolarizados 151.603 en niveles educativos de preescolar, básica primaria y secundaria o media. El 55% de las personas que tiene alguna discapacidad han llegado hasta básica primaria. Así mismo, solo 17 de cada 100 personas con discapacidad alcanzan la educación superior (técnica, tecnológica, universitaria o posgrado).
  • No existe una cobertura en igualdad en todo el país, registrándose. por ejemplo, mayor cobertura en departamentos como Casanare (96 %), Chocó (92 %) y Quindío (88 %) y menor cobertura en departamentos como Vaupés (14 %), Norte de Santander (37 %) y Huila (38 %). En educación superior, en departamentos como San Andrés, Providencia y Santa Catalina, Amazonas, Cesar, Cundinamarca y Putumayo no se reporta matrícula para educación superior de estudiantes nuevos con discapacidad en el año 2020.
  • Los estudiantes con autismo, el 41,9% de los NNA adelantan sus estudios en instituciones privadas. (informe de Fundación Saldarriaga Concha y Laboratorio de Economía de la Educación – LEE de la Pontificia Universidad Javeriana, 2023)

Estos datos solo señalan que siguen existiendo desigualdades en la inclusión educativa, a pesar de los grandes esfuerzos por esa transformación de la cultura educativa, convirtiendose así en un reto para la actualidad. 





Blog INCLUSIÓN EDUCATIVA

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Deconstruyendo la noción de inclusión: Un análisis de investigaciones, políticas y prácticas en educación

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Referencias

Armijo-Cabrera, M. (2018). Deconstruyendo la noción de inclusión: Un análisis de investigaciones, políticas y prácticas en educación. Revista Electrónica Educare 22(3), 1-26. https://doi.org/10.15359/ree.22-3.8

Fundación Saldarriaga Concha y Laboratorio de Economía de la Educación – LEE de la Pontificia Universidad Javeriana (2023). La educación en Colombia para la población con discapacidad: realidades y retos. https://lee.javeriana.edu.co/documents/5581483/7042223/Educaci%C3%B3n-PoblacDiscapacidad2023.pdf/82562bc0-279d-bacc-2603-03ba1d3b2ec5?t=1677678590206

Macareño, A. & Carvajal, F. (2015). Los distintos rostros de la inclusión y la exclusión. Revista Cepal. 132-146. https://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/38800/1/RVE116Mascareno_es.pdf

Ministerio de Ecuación Nacional (MEN). (2017). Documento de orientaciones técnicas, administrativas y pedagógicas para la tención educativa a estudiantes con discpacidad en el marco de la educación inclusiva. https://www.mineducacion.gov.co/1780/articles-360293_foto_portada.pdf

Ministerio de Educación Nacional (MEN). (2018). Educación Inclusiva. ¿Qué es la educación inclusiva? https://www.mineducacion.gov.co/portal/micrositios-preescolar-basica-y-media/Direccion-de-Calidad/Gestion-Institucional/374740:Educacion-inclusiva

Unesco (2020). Inclusión y educación: Todos sin excepción. Resumen del informe de seguimiento de la educación en el mundo. https://gem-report-2020.unesco.org/wp-content/uploads/2020/06/GEMR_2020-Summary-ES-v8.pdf

















viernes, 18 de agosto de 2023

Calidad e Inclusión en Educación y el Niño Como Primer Receptor de Inclusión y Calidad

Por Carmen Elisa Zea Barrera

Los Niños, las Niñas y Adolescentes (NNA) son las personas que pronto ejercerán roles como adultos y serán parte importante en el desarrollo y funcionamiento de la sociedad. Serán los encargados de indagar, investigar, hacer que el conocimiento evolucione, así como, buscarán las grandes transformaciones que crean correspondan en su actualidad vivenciada. Por tal motivo, es indispensable que reciban amor, protección, seguridad y calidad de trato social. No es favorable para ninguna sociedad que sus miembros sean personas que han recibido daño, maltratadas o traumatizadas en su desarrollo, ya que sus resultados son catastróficos al tener miembros poco productivos, intolerantes, no participativos y en la pobreza.



De acuerdo con lo anterior, es importante indagar si, al referirse a educación inclusiva, se está teniendo en cuenta al niño como persona, como individuo, como digno, como un ser que siente, piensa y procesa su realidad, a quien se le debe respeto. Ya que, se crean grandes estrategias educativas pensando en los niños, en los estudiantes “como grupo” miembros de instituciones, y se normatiza lo que debería ser y corresponder para ellos, pero ¿realmente el niño o la niña con sus particularidades, son el sujeto sobre el cuál se está pensando recaerá el bien o el peso de lo que se disponga con respecto a educación?

Es de saber que, Colombia ya había ratificado a través de los pactos internacionales la educación como derecho, y con la Constitución Política de 1991 la estableció como un derecho fundamental (art. 44) y a la vez, como un servicio público (art.67) (Lerma, 2007). Convirtiéndose así en un bien para todos los NNA, sin distinción entre si son “normales” o poseen alguna carencia o viven en determinado entorno. Una oportunidad de adquirir el conocimiento en igualdad de condiciones como todos y cada uno de los niños en el país.

Hay que mencionar, además, que la educación permite el desarrollo de la personalidad, de las habilidades, la construcción del conocimiento, la socialización, de conocer todos sus derechos, el reconocimiento y el respeto por el punto de vista del otro. (UNICEF, s.f.; Tomasevski, 2002; UNESCO, 2007). Por lo cual, es importante que todos los niños gocen sin distinción de este derecho, ya que, los niños que en su primera infancia reciben educación tienen más posibilidades de ser adultos productivos (UNICEF, 2019), de igual manera, el no recibir educación disminuirá o negará un acceso al mercado laboral, con salarios bajos, afectando los demás derechos (Tomasevski, 2002).

Sin embargo, aun cuando se hace referencia a educación de calidad y educación inclusiva como la atención a la diversidad y al desarrollo de competencias personales y sociales (UNESCO, 2007), el niño sigue encontrando barreras para su desarrollo y aprendizaje, teniendo que convivir con la diferencia que se hace, y que es muy marcada en todos los ámbitos sociales, ya que dependiendo el sector donde resida, la posición económica o si padece alguna discapacidad, será la educación que reciba, e igualmente, será tratado por la sociedad, sobre todo, a futuro a nivel laboral.



Y así, aunque son grandes los avances que se han tenido, no es ajeno pensar que sigue existiendo en la actualidad una gran brecha en la educación recibida, entre centros públicos y privados la calidad se convirtió en un gran mercado, muy lucrativo para algunos, en donde la capacidad de pago de los padres determina los beneficios que recibirá en materia de conocimiento el niño, “Es bien sabido que los antecedentes familiares de un niño determinan en gran medida los resultados de su educación” (Tomasevski, 2002, p.22). Por lo que la gratuidad en la escuela pública permite que el sector privado ofrezca diversidad de ventajas como valor agregado de sus servicios.
     Todavía cabe señalar, que adicional a esto, el niño que, por sus condiciones de vida, tal vez desafortunado, no ha nacido con o ha perdido por alguna razón sus habilidades físicas, motoras o cognitivas, está en mayor desventaja en su trayectoria educativa. Los informes rebelan que a las personas en condición de discapacidad no se les ha garantizado el derecho a la educación, sufren pobreza, más dificultades en tema de transporte y de accesibilidad a la salud, siguen viviendo la estigmatización y la discriminación. (OMS, 2023).

Dado que, según cifras la discapacidad se presenta en alrededor de 1300 millones de personas en el mundo, en Colombia se registran 1.298.738, es decir, el 2,3% de la población, del total de mujeres con discapacidad las niñas representan el 6,4%, en el caso de los hombres con discapacidad, los niños representan el 9%. (MINSALUD, 2020; OMS, 2023). Estos datos deben ser tenidos en cuenta en el momento de proyectar una norma, pero más que en la norma, es en cómo el niño, la niña con discapacidad, va a recibir el beneficio de la educación a nivel personal.

De otra parte, se haya la expresión de la percepción del docente en el aula, que es quien tiene que lidiar con la diferencia cara a cara, requiere un desgaste de todos sus recursos, conocimientos y estrategias. De acuerdo con el diagnóstico, la limitación presentada, la motivación del niño, el compromiso de los padres, la infraestructura, la distribución de los recursos de parte del Estado, entre otras, se diseña la forma en cómo se va a impartir el conocimiento.

En muchas ocasiones, a partir de lo anterior, se tiene que valorar al niño y lo que puede o no hacer, y es aquí en donde se toma como medida lo que se estima dentro de lo normal, como lo refiere Villa (2017) en su exposición de Hegemonía de la normalidad en la escuela, cómo el pensamiento pedagógico discurre entre normal-anormalidad. El niño está bajo la mirada de acuerdo con un diagnóstico, pero también, a qué puede o no a hacer y el fin educativo sería “llevar al sujeto al máximo de normalidad posible” (Villa, 2017, p.119); olvidándose de la diversidad de capacidades, talentos, estilos de aprendizajes, diferencias individuales, gustos y preferencias que cada persona pueda tener.

Todo lo anterior, sin mencionar que puede presentarse casos en los que la mirada del docente esta fija observando para determinar anormalidades, “el rol del docente espía” como refiere Villa (2017), niño que no actúe de acuerdo con lo que se tiene por norma de comportamiento, expresión, pensamiento, actitud, regulación emocional, inteligencia, que no parezcan comunes al grupo, edad, cultura, entorno o religión. Para apoyar esta visión del docente espía, la autora de este ensayo presenta un caso en su labor como psicóloga:

“Sara de tres años recién cumplidos ingresa a su jardín, en su primer día de clase llora, no juega, no habla, se aísla, grita – auxilio, ayúdenme a encontrar a mi mamá, perdí a mi mamá - la maestra al querer calmarla es golpeada en la cara por la niña. Para este momento las maestras laboran con mascarilla y una bata que cubre todo su cuerpo como protección por el COVID 19. Su madre viene a recogerla y le informan que su hija tiene autismo, por lo cual es remitida a psiquiatría”.

Este caso evidencia lo que muchas veces se estima como anormalidad, enfermedad o deficiencia; Queriendo uniformidad en todos los estudiantes, se cambia el propósito de llevarlos al desarrollo de su máximo potencial por el de que todos se comporten igual, una estandarización total.

Adicional a todo lo expuesto, están aquellos que no tienen hijos con discapacidad, los padres de los normales. Los otros que conforman la sociedad, pero una sociedad indiferente, sin empatía, que serían parte de los que estigmatizan y discriminan. Sin duda olvidan que son corresponsables de garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes como lo establece la Constitución Política de Colombia de 1991 en su artículo 44.

Finalmente, se necesita estrechar cada vez más las políticas o normas con la calidad y la inclusión en el niño. Ya se ha avanzado en la educación como derecho para todas las personas, se ha especificado para los niños, y no bastando con esto, se llegó a la necesidad de ser más minuciosos en detallar este derecho para los otros, los discapacitados. Es decir, ya se tiene un buen marco jurídico que promueve y protege este derecho en igualdad y equidad para todos, (García, 2020). Entonces, faltaría que el sujeto objeto de dicho derecho reciba el beneficio sin límites ni restricciones.

Por esta razón, se debe seguir insistiendo en la generación de una educación en igualdad de condiciones para todos, no importa si están en el lugar más remoto o en la ciudad, si son de barrio pobre o tienen la economía más alta; la institución de donde se egresa no debe definir más la cualificación de la persona o determinar si es más o menos competente.


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Cada ciudadano colombiano debería quitar cualquier indiferencia y comprometerse con el desarrollo del niño, sabiendo que el niño está en formación y de acuerdo con su familia, su entorno y las posibilidades de desarrollo personal serán sus competencias laborales, productividad, liderazgo, participación ciudadana. Comprendiendo que lamentablemente es la estructura social la que reproduce las dinámicas de discriminación y exclusión. (García, 2020). Y Así, cabe tener siempre presente el fin de la educación “La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente. (Constitución Política de Colombia, 1991, Art.67).



Documentos que te pueden interesar

Referencias

Constitución Política de Colombia (1991). Segunda edición corregida de la Constitución Política de Colombia, publicada en la Gaceta Constitucional No. 116 de 20 de julio de 1991. Art. 44 y art. 67. http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/constitucion_politica_1991.html

García, C. A. (2020). Educación inclusiva y marco legal en Colombia. Una mirada desde la alteridad y las diferencias. Tesis Psicológica, 15(2), 72-93. https://doi.org/10.37511/tesis.v15n2a4

Lerma, C. C. (2007).  El derecho a la educación en Colombia. Colección libros FLAPE 6. http://flacso.redelivre.org.br/files/2012/08/837.pdf

Ministerio de Salud y Protección Social (MINSALUD). (2020). Boletines Poblacionales: Personas con Discapacidad Oficina de Promoción Social. https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/PS/boletines-poblacionales-personas-discapacidad.pdf

Organización Mundial de la Salud (OMS). (2023). Discapacidad. https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/disability-and-health

Tomasevski, K. (2002). Contenido y vigencia del derecho a la educación. San José de Costa Rica: Instituto Interamericano de Derechos Humanos. Recuperado de: http://www.iidh.ed.cr/BibliotecaWeb/Varios/Documentos.Interno/BD_1231064373/Contenido%20y%20vigencia.pdf

Unesco. (2007). Educación de calidad para todos: un asunto de derechos humanos. Documento de discusión sobre políticas educativas en el marco de la II Reunión Intergubernamental del Proyecto Regional de Educación para América Latina y el Caribe (EPT/PRELAC), 29 y 30 de marzo de 2007; Buenos Aires, Argentina. p. 34. https://unesdoc.unesco.org/ark:/48223/pf0000150272/PDF/150272spa.pdf.multi

Unicef. (s.f.). Educación y aprendizaje. https://www.unicef.org/mexico/educaci%C3%B3n-y-aprendizaje

UNICEF. (2019). UNICEF indica la educación en la primera infancia ayuda a que los niños lleguen a ser adultos productivos. https://www.unicef.org/colombia/comunicados-prensa/unicef-indica-la-educaci%C3%B3n-en-la-primera-infancia-ayuda-que-los-ni%C3%B1os-lleguen

Villa, Y. (2017). Hegemonía de la normalidad en la escuela. Revista Educación y Ciudad: Conocimiento y Políticas Públicas Educativas. V. 33, p. 115- 126. http://www.idep.edu.co/sites/default/files/archivo_revista/EducacionYCiudad_33.pdf


miércoles, 16 de agosto de 2023

 Educación 

Oportunidad para todos

Todos tienen derecho


    La educación es considerada un derecho en Colombia, de igual manera, es esencial para el desarrollo de habilidades cognitivas, sociales, emocionales y físicas de las personas, ya que como señala la Ley general de educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y de sus deberes (Ley 115 de 1994, art.1)




     A través de la educación se realiza un proceso de socialización, la cual permite esa transmisión y aprendizajes de saberes y cultura en las interacciones dadas en ambientes escolares; Una de las razones por las cuales todos los niños, niñas y adolescentes deben gozar de la garantía de este derecho, sin importar ninguna condición socioeconomica, o de salud, o regional, de discapacidad, de género o credo. 

"Todos losniños y las niñas tienen derecho a acceder a la escuela y completar su educación sin importar quienes sean y de dónde vengan" (Unicef, s.f. a)



     Y es que ya desde tiempos antiguos quedo registrado como una orden del mismo Dios "Instruye al niño en su camino, y aun cuando fuere viejo no se apartará de él" (proverbios 22:6). Comprendiendo que la funcionalidad de la educación es tan amplia como recurso, como un bien, como un proceso por medio del cual el ser humano puede trascender con el conocimiento. Al igual que, a través de ella nuevas generaciones pueden tener referentes de eventos pasados, así como los desarrollos actuales y sus alcances. Adicionalmente, es el instrumento más útil para garantizar la igualdad y la inclusión (Banco Mundial, 2023).
     Así mismo, se estima que a através de la educación las personas tienen mayores oportunidades de acceder al mundo laboral y con mejores salarios, así como puede acceder a la salud y tener una mejor vejez. "La educación y la formación se han convertido, por tanto, en factores estratégicos para promover el crecimiento económico y el bienestar social de cualquier país." (González, 1993). Esta postura se sigue sosteniendo hasta la actualidad, como refiere Unicef (s.f.b):
     Si no adquieren las competencias necesarias para un aprendizaje permanente, los niños afrontan mayores dificultades a la hora de ganar potencial y conseguir un empleo cuando son adultos. Tienen más probabilidades de sufrir problemas de salud y no ser partícipes de las decisiones que les afectan, lo cual les plantea trabas a la hora de labrarse un futuro mejor para sí mismos y para sus comunidades.



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Referencias 

Banco Mundial. (2023). Educación. Panorama general.             https://www.bancomundial.org/es/topic/education/overview#:~:text=La%20educaci%C3%B3n%20es%20un%20derecho,la%20paz%20y%20la%20estabilidad.

González, G. L. (1993).  Nuevas relaciones entre educación, trabajo y empleo en la década de los 90. OEI - Revista Iberoamericana de Educación, (2). https://rieoei.org/historico/oeivirt/rie02a03.htm

Ley 115 de 1994. Por la cual se expide la ley general de educación. (8 de Febrero, 1994). D.O. No.41.214.  http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0115_1994.html

Unicef. (s.f. a). Educación.

https://www.unicef.org/colombia/educacio

Unicef. (s.f. b). Educación. Cada niño tiene derecho a aprender. https://www.unicef.org/es/educacion




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